BENFLURALINA
Identificación:
. nombre químico: N-butil-N-etil-á,á,á-trifluoro-2,6-dinitro-p-toluidina,
. nombre común: benfluralin (EPA, ISO),
. códigos alfanuméricos: CA DPR Chem Code 53. CAS 1861-40-1. CIPAC 285. EL 110. PC Code 084301.
Sustancia activa: Herbicida selectivo, bien absorbido por vía radical. Interfiere los procesos de división celular y nuclear por inhibición de la unión de los microtúbulos en la mitosis; también inhibe la germinación de numerosas semillas y el desarrollo de raíces y brotes. Su actividad residual en el suelo es de 4-8 meses. Se descompone rápidamente en condiciones anaerobias. Se han identificado como productos de degradación los derivados desalquilados, reducidos y oxidados de la benfluralina y una mezcla polar. Los productos de degradación detectados en los tejidos de las plantas son esencialmente los mismos del suelo pero en cantidades mucho menores.
Campo de actividad: Aplicado en preemergencia controla:
. entre las gramíneas: avena loca de primavera (Avena fatua), pata de gallina (Digitaria sanguinalis), Echinochloa colonum, pata de gallo o viñaruela (Echinochloa crus-galli), Panicum sp., pelosa (Poa annua), almorejos (Setaria sp.), Setaria pumila, Setaria viridis, cañota (Sorghum halepense) (de semilla), etc.
. entre las dicotiledóneas: bledo (Amaranthus retroflexus), cenizo blanco (Chenopodium album), amor del hortelano (Galium aparine), Mollugo verticillata, amapola ababol (Papaver rhoeas), cien nudos (Polygonum aviculare), verdolaga (Portulaca oleracea), hierba pajarera o pamplina (Stellaria media), Veronica hederifolia, té de europa (Veronica officinalis), etc. en achicoria, alfalfa, berro, canónigos, diente de león, endibia, escarola, judía verde, lechuga, mostaza, perejil, rúcula y salsifíes.
Recomendaciones de uso: No aplicar en suelos con más del 5% de materia orgánica. No sembrar cebolla de semilla, centeno ni trigo hasta pasados 10 meses del tratamiento ni avena, espinaca, maíz, mijo, remolacha y sorgo hasta pasado 1 año. El tratamiento debe hacerse durante las 6 semanas anteriores a la siembra o trasplante. Es fotolábil por lo que debe ser incorporado al suelo mediante una labor de, al menos, 8 cm dentro de las 4 horas siguientes a su aplicación.
De acuerdo con la Directiva de inclusión en el Anejo I se deberá prestar especial atención a la protección de la seguridad de los operarios, las condiciones de uso autorizadas deberán exigir la utilización de equipos de protección individual adecuados, así como medidas de reducción del riesgo para limitar la exposición; los residuos en los alimentos de origen animal o vegetal, y evaluar la exposición de los consumidores a través de la alimentación; la protección de las aves, los mamíferos, las aguas superficiales y los organismos acuáticos; en relación con estos riesgos identificados deberán aplicarse, cuando sea conveniente, medidas de reducción del riesgo, por ejemplo, zonas tampón.
Situación en el registro de la UE: Incluido en el Anejo I según la Directiva 2008/108/CE de la Comisión de 26 de noviembre de 2008 [DO L 317 de 27.11.2008]. Reglamento de Ejecución (UE) nº 540/2011 de la Comisión de 25 de mayo de 2011 por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas autorizadas.
Notificador: Gowan.