Cabecera: Enmiendas orgánicas
Capítulo: Enmiendas orgánicas
Nota: Enmiendas orgánicas » La Orden de 28 de mayo de 1998 sobre fertilizantes y afines que desarrolla el Real Decreto 72/1988 de 5 de febrero, modificado por el Real Decreto 877/1991, de 31 de mayo, divide, define y caracteriza las enmiendas orgánicas en (extractado):
Enmienda húmica sólida » Producto sólido que aplicado al suelo aporta humus mejorando sus propiedades físicas, químicas y biológicas. Siendo sus contenidos mínimos en elementos fertilizantes (porcentajes en peso) los siguientes: materia orgánica total igual o mayor que 25%; extracto húmico total (ácidos húmicos + ácidos fúlvicos) igual o superior a 5%; ácidos húmicos igual o superior a 3%; humedad máxima 40%.
Enmienda no húmica sólida » Producto sólido que aplicado al suelo preferentemente engendra humus, mejorando sus propiedades físicas, químicas y biológicas. Siendo sus contenidos mínimos en elementos fertilizantes (porcentajes en peso) los siguientes: materia orgánica total igual o mayor que 25%; humedad máxima 40%. El 90% del producto pasará por la malla de 10 mm.
Ácidos húmicos líquidos » Producto en solución acuosa obtenido por tratamiento o procesado de turba, lignito o leonardita. Siendo sus contenidos mínimos en elementos fertilizantes (porcentajes en peso) los siguientes: extracto húmico total (ácidos húmicos + ácidos fúlvicos) igual o superior a 15%; ácidos húmicos igual o superior a 7%.
En el apartado correspondiente incluimos, con el fin de simplificar la exposición de productos, algunos que no alcanzan el 15% pero que técnicamente pretenden dar solución a los mismos problemas agronómicos y de los que desconocemos en qué epígrafe están encuadrados sus registros.
Materia orgánica líquida » Producto en solución o en suspensión obtenido por tratamiento o procesado de un material de origen animal o vegetal. Siendo sus contenidos mínimos en elementos fertilizantes (porcentajes en peso) los siguientes: materia orgánica total 30%.
Compost » Producto obtenido por fermentación aeróbica de residuos orgánicos. Siendo sus contenidos mínimos en elementos fertilizantes (porcentajes en peso) los siguientes: materia orgánica total 25%; humedad máxima 40%. El 90% del producto pasará por la malla de 25 mm. Puede contener materiales plásticos y otros inertes de tamaño inferior a 10 mm.
Las diferencias entre «Enmienda no húmica sólida» y «Compost» son tres: la primera se refiere a que las primeras al ser incorporadas al suelo se transforman para dar humus, mientras que en el caso del compost ya ha sufrido una fermentación previa. Las enmiendas no húmicas, evidentemente, también han sufrido una fermentación, teóricamente no controlada, mientras que en el compost, se supone que la composición y la fermentación han sido controladas. La segunda diferencia se concreta en el tamaño de partícula: el tamaño de la malla es de 10 mm para las enmiendas y de 25 mm para el compost. La tercera hace referencia a que el compost puede contener inertes (plásticos, etc.). Esta última es, sin duda, la de mayor interés, ya que las enmiendas orgánicas proceden de restos orgánicos (animales o vegetales) que bien pueden considerarse naturales, mientras que los compost proceden más comunmente de depuradoras y basuras transformadas, lo que difícilmente admite sean considerados como naturales. No obstante lo anterior, en lo que se refiere al Vademécum 2008, las mantendremos agrupadas en un solo epígrafe, utilizando las expresiones «Enmienda no húmica» o «Compost» cuando dispongamos de este dato. El epígrafe se denominará: Enmiendas orgánicas no húmicas sólidas y Compost.
Turba ácida » Residuos vegetales procedentes de plantas desarrolladas y descompuestas en un medio saturado de agua, pudiendo contener originalmente cierta cantidad de material terroso. Siendo sus contenidos mínimos en elementos fertilizantes (porcentajes en peso) los siguientes: menor o igual al 2% s.m.s.; materia orgánica total igual o mayor que 80% s.m.s.; pH inferior a 5.
Turba no ácida » Residuos vegetales procedentes de plantas desarrolladas y descompuestas en un medio saturado de agua, pudiendo contener originalmente cierta cantidad de material terroso. Siendo sus contenidos mínimos en elementos fertilizantes (porcentajes en peso) los siguientes: menor o igual al 2% s.m.s.; materia orgánica total igual o mayor que 40% s.m.s.; pH superior a 5.
Para una información más completa y exacta: consultar los Reales Decretos y Orden Ministerial citados.
Bajo el epígrafe «Turbas», se incluyen las ácidas y no ácidas, tanto las turbas negras como las rubias indicando sus características. Se ordenan por su contenido en materia orgánica spt. Parece prudente dejar constancia de que muchos de estos productos se comercializan por volumen, es decir, por litros, es el caso de las turbas que se expenden bajo la forma de las conocidas «balas»; esta venta por volumen hace que el porcentaje de humedad sea un dato de valor relativo y no tan importante como en aquellos productos que se venden por kilos. Todas ellas pueden ser utilizadas para la fabricación de sustratos previa su separación granulométrica o no, o constituir directamente el sustrato; pueden presentarse fertilizadas o no, con el pH corregido o no, etc.
Sustratos: suelos de cultivo » En este grupo, no incluido en la Orden de 28 de mayo de 1998 sobre fertilizantes y afines, se hace una referencia a los productos obtenidos por mezcla de compost, enmiendas orgánicas y turba con sales minerales y otras sustancias. Se indican las características más generales de los confeccionados por las principales casas comerciales y, si ha lugar, la marca genérica con que se comercializan, o bien el término ,Sustrato,, seguido del nombre de la casa comercial.
Bajo el epígrafe genérico «Enmiendas orgánicas», se agrupan todos aquellos productos, sólidos y líquidos, que cumplen con alguno de los apartados anteriores y que se destinan a mejorar las características físico-químicas y biológicas del suelo o que se utilizan para confeccionar sustratos. También incluimos en este epígrafe genérico los «Sustratos» aun cuando, como se ha dicho en el párrafo anterior, no se incluyan en la Orden citada.
Las enmiendas no húmicas, los compost y las turbas, se ordenan por su contenido en materia orgánica real, es decir, por el porcentaje de materia orgánica sobre el peso total (spt). Mientras que las enmiendas húmicas sólidas, los ácidos húmicos líquidos y las materias orgánicas líquidas se ordenan por su contenido en orden creciente en Extracto húmico, y los productos de igual riqueza en Extracto húmico, se ordenan de la siguiente forma: en primer lugar aquellos de los que desconocemos su contenido en ácidos húmicos y en ácidos fúlvicos y los restantes en orden creciente según su contenido en ácidos húmicos (o decreciente según su riqueza en ácidos fúlvicos). Si no se dice otra cosa, los porcentajes que aparecen están expresados en relación peso/peso.
Hemos procurado incluir los siguientes parámetros:
Materia seca » Material de la muestra que queda una vez eliminada la humedad, expresado en porcentaje de la muestra.
Humedad » Cantidad de agua que contiene la muestra, expresada en porcentaje de la muestra.
La suma de los porcentajes de materia seca y humedad debe ser 100.
La materia seca se compone de dos partes: materia orgánica y cenizas. Ambas se pueden expresar en porcentaje del peso total de la muestra o en porcentaje sobre la materia seca. Hemos seguido el criterio de expresarlas en porcentaje del peso total de la muestra. Siguiendo este criterio la suma de materia orgánica más cenizas será igual a la materia seca. Si hubiéramos seguido el otro criterio, es decir, los hubiéramos expresado como porcentaje de la materia seca, entonces su suma hubiera sido 100. Así pues:
Materia orgánica » Contenido de materia orgánica de la muestra expresada como porcentaje de su peso total.
Cenizas » Material seco, no orgánico, expresado como porcentaje del peso total de la muestra.
La suma de la materia orgánica más las cenizas más la humedad debe ser igual a 100.
A continuación de la materia orgánica, entre paréntesis, se incluye el porcentaje de materia orgánica sobre materia seca, por ejemplo (90% sms). Si queremos conocer las cenizas en porcentaje sobre la materia seca, restaremos de 100 el porcentaje de materia orgánica sobre materia seca, en el ejemplo, las cenizas sms serán el 10%.
Este criterio tiene la ventaja de saber la cantidad de materia orgánica que compramos. A igualdad de cantidad, podremos comparar calidades y precios.
Ácidos húmicos y fúlvicos » Son compuestos no bien definidos químicamente, constituyen la parte más "cualificada" de la materia orgánica. Son extraídos de la materia orgánica humificada (estiércol, turba, lignito, lignito oxidado, etc.). Aplicados al suelo mejoran las características físicas, químicas y biológicas de éste a la vez que equilibran la solución nutritiva. Forman humatos y fulvatos con los cationes del suelo con lo que evitan la retrogradación. Actúan sobre los compuestos minerales desbloqueando los elementos que los componen; fijan los nutrientes aportados con los abonos disminuyendo las pérdidas por lixiviación; activan la flora microbiana autóctona con lo que aumenta la mineralización y fijación de nitrógeno atmosférico y otros elementos que condicionan la fertilidad; favorecen el desarrollo del sistema radicular con lo que cada planta explora, de forma más eficiente, un mayor volumen de suelo; aumentan la permeabilidad celular, con lo que se facilita la absorción de nutrientes. Normalmente se aplican directamente al suelo; pero, cuando el proceso de fabricación es el adecuado, pueden ser aplicados en fertirrigación e, incluso, por vía foliar en mezcla con productos fitosanitarios. En el control de carencias, se recomienda su utilización en mezcla con el quelato correspondiente. La riqueza en ácidos húmicos que aparece en el encabezamiento del epígrafe correspondiente a cada producto corresponde, cuando lo conocemos, al contenido en "ácidos húmicos y extracto húmico total".
Todos los datos que se refieren a materia seca, humedad, materia orgánica, cenizas, extracto húmico total, humus y ácidos húmicos están expresados como porcentaje del peso total de la muestra, salvo que se diga lo contrario. Todos los que se refieren a materia orgánica sobre materia seca (porcentaje entre paréntesis seguido de las letras "sms"), nitrógeno (N), fósforo (P2O5), potasio (K2O), calcio (CaO), magnesio (MgO), azufre (SO3), boro (B), etc. están expresados como porcentaje de la materia seca, salvo que se diga expresamente lo contrario; estos términos no deben sumar una determinada cantidad.